La Confederación Española de Centros de Estudios Locales (CECEL), cuyo Estatuto fue aprobado en diciembre de 1980 por la Junta de Gobierno del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas), tras los informes favorables de sus Comités Científico y Económico, se configura como un órgano, encuadrado en el CSIC, a través del cual los centros de estudios locales se vinculan a dicho Consejo, el cual, a través de la propia CECEL, mantiene, así, su cobertura intelectual y científica sobre ellos.
La CECEL, pues, impulsa y coordina la actividad científica y cultural de los cincuenta y ocho centros u organismos de investigación local que, bajo diferentes denominaciones –Centros, Institutos, Fundaciones, Museos, Reales Academias, etc.– y situaciones jurídicas, se integran en ella en la actualidad, los cuales, como se dice, se vinculan, a través suyo, al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), en cuyo actual Centro de Ciencias Humanas y Sociales tiene su sede, sus oficinas y sus despachos de trabajo.
Los fines de la CECEL, consisten en:
- Impulsar los estudios de investigación local, promoviendo actividades diversas, tales como Proyectos de Investigación, congresos, seminarios, cursos, encuentros, junto a la producción bibliográfica.
- Agrupar y aglutinar a los centros confederados en ella, ante el CSIC.
- Coordinar la labor de los centros confederados con los de los respectivos institutos y centros del CSIC.
- Fomentar la creación de programas generales o comunes de investigación y coordinar su desarrollo.
- Promover las relaciones entre sus Centros y las de éstos con los del CSIC, Universidades y otras instituciones españolas y extranjeras de análoga finalidad.
- Facilitar la colaboración entre los propios investigadores de especialidad afín o complementaria y la de éstos con los del CSIC, o con los miembros de departamentos universitarios.
- Organizar reuniones científicas y cuantas otras actividades contribuyan al mejor cumplimiento de sus fines.